PROCEDIMIENTO DE CESIÓN

PROCEDIMIENTO DE CESIÓN

Hace algo más de un año, SELAE modificó el procedimiento para la cesión de los puntos de venta integrales.

El cambio nos causó cierto desencanto, puesto que obligaba a los compradores a ir dos veces al Notario, con el coste que ello suponía (tanto a nivel económico como a nivel de tiempo). El motivo de ir a la Notaría era para emitir dos documentos (dos declaraciones responsables) ante Notario por los cuales el comprador certifica:

1- Que no tiene ningún impedimento legal que le prohiba ser titular de una administración.

2- Que está al corriente de pago de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social, y que dispone de un local (ya sea en propiedad o en venta).

Nuestra perplejidad y oposición a este procedimiento venía dada de la propia necesidad de ir al Notario: si ante el Notario no había que justificar nada, simplemente declararlo, ¿para qué ir al Notario a gastar tiempo y dinero? ¿No bastaría con realizar estas declaraciones, también por escrito, ante la propia SELAE?

Pensábamos que habría un gran rechazo por parte de los compradores (incluso de los vendedores). Pero 18 meses después, vemos que no ha sido así. Al comprador le sorprende, le molesta, le resulta absurdo, pero no lo rechaza (evidentemente, no cabe rechazo posible: si no vas al Notario, no compras la administración).

Cierto es que el coste de esta gestión es relativamente bajo, sobre todo si lo comparamos con el importe que vamos a desembolsar por la propia licencia en sí misma, pero lo inquietante no es el precio en sí mismo. Lo que más perplejidad causa a los inversores (y a nosotros) es la justificación de la necesidad.

¿Qué argumento esgrime SELAE para obligarnos a ir al Notario? Ninguno. Absolutamente ninguno.

Hemos pasado de tener que ir dos veces a SELAE a entregar documentación que nos acreditaba como cumplidores de los requisitos exigidos, a tener que ir esas mismas dos veces a entregar los ya mencionados certificados.

Está visto que aunque el tiempo es oro, para SELAE no tiene gran valor.

Afortunadamente, cuando un inversor está entusiasmado con la idea de emprender un nuevo negocio, en el que posiblemente esté invirtiendo gran parte de los ahorros de su vida (o incluso se vea obligado a pedir financiación externa a entidades financieras), el tener que ir dos veces a la Notaría y otras tantas a SELAE a entregar los certificados, no es barrera suficiente para frenar su ilusión.

Menos mal…